Alguna vez te has preguntado ¿Porque las Universidades Privadas tardan mucho tiempo en expedirte certificados y otorgar constancias, diplomas, títulos o grados académicos?
Muchas de los jóvenes que estudian su carrera universitaria en una Institución Privada tienen algún tipo de becas, diferentes planes académicos, financiamientos o no han podido terminar de pagar su carrera, sin embargo, ya han concluido sus estudios académicos. En estos casos la mayoría de las Instituciones Privadas no te expide el Título Profesional, diploma o alguna copia de ello hasta no terminar de pagar el adeudo económico que tienes con la Institución. Cuando el alumno ya ha cumplido con los requisitos de la Institución al haber terminado el porcentaje que piden de materias para poder titularte, seguramente te has preguntado, ¿Qué pasa al terminar la carrera?, ¿Me quedare sin Cedula y Titulo hasta que termine de pagar?
Esto es lo que los estudiantes creen, pero ahora con la nueva Tesis publicada el 24 de abril del 2018 dice que LA OMISIÓN DE ENTREGAR A SUS EGRESADOS EL CERTIFICADO DE ESTUDIOS Y EL TÍTULO PROFESIONAL, ASÍ COMO DE TRAMITAR LA CÉDULA CORRESPONDIENTE, CONSTITUYE UN ACTO EQUIVALENTE A LOS DE AUTORIDAD, IMPUGNABLE EN EL AMPARO INDIRECTO. Con número de Registro 2016767.
Estas Universidades Privadas gozan de autonomía en cuanto a que se rigen por sus propias normas y tienen la facultad de expedir certificados y otorgar constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido los estudios que imparten, siempre y cuando se encuentren apegados a los planes educativos aprobados por la Secretaría de Educación Pública; siendo el adeudo por parte del alumno una cuestión a parte donde seguramente se firmaron algunos pagarés, entonces no es motivo por el cual la Universidad Privada te deba acreditar. Por tanto, la omisión referida puede impugnarse en el amparo indirecto.